Apelaciones
Información
General | Sometiendo una notificación
de apelación | Obteniendo la
transcripción del juicio | Procedimiento
para Someter Enmiendas Propuestas | Haciendo
entrega de la transcripción | Revisión
de la transcripción | Sala de apelaciones
Información
General
Una apelación
puede ser interpuesta, exclusivamente, después que
una órden o un
fallo judicial han
sido emitidos por un juez. Los fallos emitidos por un árbitro
no pueden ser apelados. Cuando las disputas han sido resueltas
a través del consentimiento mutuo entre ambas partes
o por rebeldía,
el recurso de apelación no puede ser interpuesto. Consulte
con a su abogado para averiguar de qué otros recursos
legales puede disponer.
El proceso de apelación puede ser costoso. Al estenógrafo
se le permite cobrar una tarifa basada en la duración
de la transcripción
que deba prepararse. Se le sugiere que se comunique con el
estenógrafo judicial para obtener un estimado del costo
de la preparación de una transcripción mecanografiada
de las actas del juicio. Esta información puede serle
útil a la hora de determinar si debe interponer o no
un recurso de apelación. También existe la posibilidad
de que califique para que le otorguen una exoneración
del pago de las tarifas judiciales basado en su condición
de persona de bajos
recursos económicos, lo cual pagaría los
costos de la apelación. Para comunicarse con los estenógrafos
judiciales de su condado, active Estenógrafos
Judiciales.
Una apelación debe someterse dentro de 30 dias a partir
de la entrega
del fallo judicial o de la orden que están siendo apelados
y de la notificación
escrita de su asentamiento. Si no se hace entrega de una copia
de la orden o del fallo judicial, no hay tiempo límite
para someter la apelación. Para mayor información,
active Entregando
la Notificación de Asentamiento.
Una apelación no suspende ni frena la ejecución
de un fallo judicial. Para suspender la aplicación
de un fallo monetario se requiere una Orden de la Sala de
Apelaciones del Tribunal Supremo de Justicia, o la Garantía
de una fianza en bonos o en un cheque certificado.
Una apelación no constituye un juicio nuevo ni la
introducción de nueva evidencia. Por el contrario,
es una revisión de segmentos pertinentes del expediente
judicial y de los segmentos pertinentes de la transcripción
de las actas del juicio, revisión esta llevada a cabo
por los jueces de la sala de apelaciones del tribunal supremo
del estado.
Si le interesa apelar un fallo o una orden judicial, continúe
leyendo el procedimiento según se explica más
adelante.

Sometiendo una notificación
de apelación
El formulario requerido para apelar puede ser descargado
gratuitamente activando el enlace notificación
de apelación. Puede obtenerlo en las oficinas del
secretario de la corte de apelación de su condado.
Llene la notificación de apelación y haga dos
copias de la misma. Busque a una persona mayor de 18 años
de edad para que haga entrega
de una copia a la parte contraria. (Si su oponente es asistido
por un abogado, dicho abogado debe recibir la notificación).
Dicha notificación puede hacerse por correos o en persona.
El notificador debe llenar y autenticar el affidávit
de entrega. Active el enlace Affidávit de entrega
para obtener gratuitamente el formulario judicial apropiado.
Una vez pagada la tarifa de apelación, la notificación
original de la apelación, conjuntamente con el affidávit
de entrega, debe ser sometida ante el tribunal. Las tarifas
judiciales están detalladas en dicho enlace. Para
saber donde someter la notificación de apelación
en su condado, active Tribunales.
Mantenga la copia sobrante para sus archivos.

Obteniendo
una transcripción del juicio
La persona que interpone el recurso de apelación debe
pagar por una transcripción del juicio preparada por
del reportero judicial o una agencia de transcripciones. La
persona que interpone el recurso de apelación debe
comunicarse con el reportero judicial o el servicio de transcripciones
para discutir los detalles de la preparación de la
transcripción. Para saber cómo comunicarse con
los reporteros judiciales de su condado, active
Estenógrafos Judiciales. Puede que usted califique
para recibir una exoneración del pago de los costos
judiciales, basado en su condición de persona
de bajos recursos económicos, lo cual pagaría
por los costos de la apelación.
Puede activar el enlace Affidávit
para ver una copia del formulario judicial civiil que necesitará
para obtener una copia gratuita de la transcripción.
O, usted puede obtener un formulario a través del secretario
judicial.

Procedimiento
para someter proposiciones de enmiendas
La persona que somete un recurso de apelación puede,
dentro de un período de 15 dias, someter cualquier
proposición de enmiendas a través del siguiente
procedimiento:
1. La persona que interpone el recurso de apelación
debe leer la transcripción.
2. Si hay algún error en la transcripción, como
por ejemplo: la transcripción indica que un accidente
ocurrió a las 3:30 p.m., pero el testimonio presentado
durante el juicio indica que fue a las 2:30 p.m., la persona
que interpone el recurso de apelación debe escribir
una nota de la página y el número de línea
en la que se aparece el error. Una vez revisada la transacripción
debe marcarse una hoja de papel de la siguiente manera: "Enmiendas
propuestas y objeciones", enumerando cada número
de página y de línea que la persona que interpone
el recurso de apelación propone sean enmendadas, e
incluyendo la enmienda propuesta. De acuerdo al ejemplo anterior,
las anotaciones serían las siguientes: Página
14 línea 6: 3:30 p.m. debería ser 2:30 p.m.
La persona que interpone el recurso de apelación debe
entonces hacer una copia de la lista de objeciones y de las
enmiendas propuestas, adjuntándolas a la transcripción.
Estos documentos deben entregarse de la manera descrita más
adelante.

Haciendo
entrega de la transcripción
Una notificación de transmisión de la transcripción,
una copia de la transcripción y una copia de las objeciones
y de la proposición de enmiendas deben ser entregadas
a la parte contraria por alguien mayor de 18 años que
no forme parte de la acción judicial. Usted puede descargar
el formulario adecuado activando el enlace notificación
de transmisión de la transcripción, o puede
obtenerlos en las oficinas del tribunal de apelaciones de
su condado.
Quien reciba los documentos debe entonces someter cualquier
objeción y propuesta de enmienda ante la persona que
somete la apelación o ante su abogado dentro de un
período de 15 dias. Una vez expirado el período
de 15 dias, la persona que somete la apelación puede
revisar la transcripción (ver más adelante)
ya sea que quien reciba la apelación se haya opuesto
o no.

Revisión
de la transcripción
La transcripción debe ser "revisada" por
el juez que ventiló el caso o por consentimiento mutuo.
En este caso, la palabra "revisión" es utilizada
para indicar que la transcripción de las actas del
juicio y las objeciones y enmiendas propuestas serán
examinadas o revisadas para determinar su veracidad y para
ser finalizadas por el tribunal. Usted puede activar notificación
de la revisión de la transcripción para
que descargue el formulario adecuado o puede obtenerlo a través
del secretario de la corte de apelación de su condado.
El formulario de notificación de la revisión
de la transcripción tiene como propósito notificar
a la parte contraria o a su abogado sobre la fecha en la cual
el juez revisará la transcripción. No es necesario
que usted comparezca ante tribunal en dicha fecha. La parte
contraria o su abogado debe recibir notificación por
lo menos cuatro dias antes de la fecha programada para dicha
revisión y nueve dias antes si la notificación
fue hecha por correos. El affidávit de entrega debe
ser notarizarado.
El formulario de la notificación de la revisión
de la transcripción debe llenarse en triplicado y debe
ser distribuído de la manera siguiente:
Copia #1. El original, junto a la transcripción de
las actas del juicio (con las objeciones y/o las correcciones
propuestas, si es que existen) debe ser sometido al secretario
de la corte de apelaciones antes del dia de la revisión.
Dicho secretario remitirá los documentos al juez el
dia de la revisión, acompañados del affidávit
de entrega.
La copia #2 debe ser "entregada" a la parte contraria
o a su abogado por alguien mayor de 18 de años quien
no forme parte del litigio, indicando la fecha en que el juez
revisará la transcripción.
La copia #3 debe quedar en su posesión.

La
corte de apelaciones
Una vez revisada la transcripción, el secretario del
tribunal de apelaciones preparará un reenvío
de causa de apelación, el cual será sometido
a la corte de apelaciones conjuntamente con la transcripción,
la notificación de apelación, el expediente
judicial y cualquier otro documento pertinente.
Usted debe completar el proceso de su apelación ante
la sala de apelaciones de la corte suprema de justicia de
acuerdo con las regulaciones, estatutos e instrucciones de
ésta. Para mayor información relacionada con
la corte de apelaciones en su condado, active el enlace Tribunales.
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